EL DERECHO A LA EDUCACIÓN EN PERSONAS CON DISCAPACIDAD: UNA EDUCACIÓN INCLUSIVA

EL DERECHO A LA EDUCACIÓN EN PERSONAS CON DISCAPACIDAD: UNA EDUCACIÓN INCLUSIVA

Por Estefani De La Cruz

La educación de manera global enfrenta una infinidad de laberintos jurisprudenciales y socioculturales, sobre todo en el contexto de la educación superior. El derecho a la educación como uno de los derechos fundamentales no es garantizado de manera equitativa dentro de la sociedad, como lo es en las personas con discapacidad, que presentan ciertas barreras (estructural, social y psicológica) en el acceso a la educación. De esta manera nos enfocamos en el concepto de inclusión dentro de la educación superior, en base a su origen jurídico para plantear estrategias de modificación legislativa con el fin de garantizar el justo acceso a la educación en personas con discapacidad. 

El derecho a la educación es un derecho fundamental reconocido desde el marco legal y social. Desde el marco legal está establecida en instrumentos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos humanos (1948) o distintas entidades no gubernamentales que protegen los derechos humanos sin excepción. Por otro lado, en un marco social el derecho a la educación es considerada esencial porque permite el desarrollo íntegro de una persona en la sociedad, este derecho garantizado de manera adecuada podría romper con el gran índice de pobreza que existe a nivel mundial.

Existe una equidad en este derecho para las personas con dificultad de acceso, como las personas con discapacidad. Se introduce para eso el concepto de una educación inclusiva de acuerdo con la observación general n.º 4 de la CDPC (Convención sobre los derechos de personas con discapacidad), que establece que es un proceso de cambio cultural, legislativo y judicial y requiere, para su plena materialización, de una “transformación de la cultura, política y práctica en todos los entornos educativos formales e informales para dar cabida a las diferentes necesidades de cada alumno, así como el compromiso de eliminar los obstáculos que impiden esa posibilidad” (Montoya y Serna, 2018, p. 105) . Los obstáculos que se presentan dentro del acceso a la educación en personas con discapacidad son físicas, pedagógicas y culturales. El problema de una infraestructura inaccesible en los centros educativos no permite la adecuada satisfacción de sus necesidades fundamentales; el método de aprendizaje es otro obstáculo a mencionar, principalmente por la falta de materiales adaptados al aprendizaje especial de las personas con discapacidad; en el ámbito cultural, el orden jurídico por el cual se maneja la sociedad está influenciado por los prejuicios, segregación, falta de conciencia y antipatía hacia la discapacidad, actitudes sociales que no permiten la introducción de la educación inclusiva social.

La evolución legislativa de la inclusividad es importante dentro de la diversidad universitaria. Es por ello que “Se han constituido diferentes políticas públicas y normativas que recurren a una promoción y determinación estatal frente al efectivo goce de todos los derechos, sin embargo, aún existen la falta de conectividad en grupos prioritarios” (Tapia et al., 2021, p. 133). Dentro de ellas tenemos como ejemplo a las normativas del régimen político español: a) La Real Orden de 27 de marzo de 1802, una de las primeras asignaciones económicas, para la apertura del Real Colegio de sordomudos. b) Ley 13/1982, de Integración Social de los Minusválidos. c) Ley Orgánica 8/2013, para la Mejora de la Calidad Educativa especial. El derecho como orden jurídico ha propuesto la idea de una educación especial como forma educativa. Sin embargo, esta no es la manera correcta de establecer una educación inclusiva porque se estaría promoviendo la diferenciación de grupos sociales.

Las personas con discapacidad frente a los laberintos jurídicos y sociales que enfrentan, pueden presentar desventajas y ventajas psicológicas. Las desventajas se presencian en el escaso desarrollo de su personalidad y seguridad en cuanto a sus habilidades pedagógicas, provocando que se sientan excluidos de la sociedad. Las ventajas se hacen presente cuando la educación inclusiva se aplica de manera efectiva, lo que provoca la buena interacción social dentro del grupo educativo, así como el aprovechamiento de sus aptitudes para el beneficio de la sociedad educativa.

La manera de afrontar las barreras de acceso en la educación promueve la integridad de las personas con discapacidad. “La enseñanza debe ser obligatoria, esta debe impartirse a las niñas, niños y jóvenes aquejados de todos los tipos y grados de discapacidad, incluidos los más graves” (Crosso, 2010, p. 81). A partir de este comentario se da un alcance hacia las posibles estrategias que se aplicarán a las barreras físicas y normativas que existen, una de ellas es la mejora en la infraestructura de los centros educativos, pero que sean totalmente adecuadas a las necesidades de los estudiantes, pero teniendo bajo seguimiento una ley o norma jurídica que la garantice, de lo contrario no aplicarse el permiso de ejercer la enseñanza en los centros educativos ya que no cumple con las nomas del concepto de “Educación inclusiva”.

Finalmente, el derecho a la educación en personas con discapacidad, al igual que los derechos fundamentales afronta los respectivos conflictos internos y externos dentro de una sociedad, ya sean físicos, sociales, o socioculturales. Sin embargo, el hecho de ser un factor importante dentro del desarrollo profesional implica el uso de estrategias en cuanto a la modificación de leyes que se deben aplicar tanto en las universidades como en los centros educativos de educación básica. Todo esto con la finalidad de ejercer el derecho a la educación de manera eficaz e igualitaria para la ciudadanía.

REFERENCIAS

Crosso, C. (2010). El derecho a la educación de personas con discapacidad: impulsando el concepto de educación inclusiva. Revista latinoamericana de educación inclusiva, 4(2), 79-95. https://www.rinace.net/rlei/numeros/vol4-num2/art4_htm.html

Montoya, L. C., & Serna, J. C. R. (2018). La trampa de la educación especial: rodeos y laberintos jurisprudenciales para garantizar el derecho a la educación inclusiva de las personas con discapacidad. Revista Derecho del Estado, 41, 97-128. https://doi.org/10.18601/01229893.n41.04

Tapia, C. G. R., & Tapia, M. E. Á., & Tamayo, D. S. P. (2021). Afectación jurídica del derecho a la accesibilidad de las personas con discapacidad en la educación superior. Conrado, 17(81), 129-134. Epub 02 de agosto de 2021. http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1990-86442021000400129&lng=es&tlng=es

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