LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER EN EL DERECHO PENAL
A nivel mundial, la violencia es un grave problema que afecta a millones de mujeres. Perú, por su parte, no deja de lado dicha situación, puesto que la violencia sigue existiendo a pesar de tener sus raíces desde hace miles de años. Es por ello que es de gran necesidad abordar la violencia de género en la legislación y aplicación del derecho penal. A partir de esto se identificará el papel del Poder Judicial en la violencia contra la mujer. Asimismo, la revisión de leyes, la regulación penal y los desafíos con los programas de rehabilitación para agresores.
Según la Organización Mundial de la Salud (2021), la violencia contra la mujer es todo acto de violencia de género que pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad. Es así que la violencia hacia la mujer se caracteriza por ser un proceso progresivo de actos de coerción, en donde poco a poco se irá notando el desgaste físico y emocional que esto causará. De igual forma, las mujeres víctimas enfrentan un gran número de barreras frente a los actos de violencia como el miedo, la falta de apoyo, la dependencia económica, la falta de educación, las barreras institucionales y sobre todo el acceso limitado a la justicia. Sin embargo, el papel del Poder Judicial es vital como ente protector, puesto que este garantiza que las denuncias sean procesadas. Además, emite órdenes de protección para la seguridad de las víctimas, y conecta a las afectadas con servicios de apoyo, asegurando un trato justo durante el proceso judicial, teniendo como norma intermediaria de justicia al Código Penal (Hasanbegovic, 2016).
Ahora bien, la protección no solo emana del sistema judicial nacional, sino de tratados internacionales que velan por la seguridad frente a la violencia de género. La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará ha hecho recomendaciones, señalando que el Poder Judicial realice un seguimiento de las medidas de protección y mejore la calidad del sistema jurídico. De la misma manera, de acuerdo con Tobar (2023), el derecho internacional y nacional hacen hincapié en las mujeres inmigrantes, de bajos recursos económicos, con enfermedades, mayores sin recursos o con problemas de otra índole que se enfrentan a una situación de vulnerabilidad, las cuales deben recibir mayor protección en caso de violencia. Por otra parte, es claro que debe existir una diferenciación entre hombres y mujeres, ya que las mujeres luchan con diversas situaciones de vulnerabilidad, donde se combinan factores físicos y sociales que colocan a la mujer en una posición de desventaja frente a la sociedad.
De la misma forma, en
el Perú, la violencia hacia las mujeres no se limita al ámbito doméstico, sino
que también se manifiesta en el acoso sexual público. En el hogar, situado en
casos graves, esta violencia puede culminar en delitos como el feminicidio. Por
ello, es fundamental vincular la perspectiva de género con el derecho penal,
estableciendo una regulación que integre esta visión. Sin embargo, no se trata
solo de crear leyes, sino de asegurar que se respeten los principios generales
del derecho; conforme a Castillo (2023), se debe garantizar un equilibrio
racional entre la necesidad de controlar la violencia de género y los
principios generales del derecho.
En esa misma línea,
otra visión que permite reivindicar a los agresores dentro de la sociedad es el
tratamiento dentro de las cárceles. No obstante, a nivel nacional se enfrentan
desafíos con el sistema penal en relación con los programas de rehabilitación
para agresores (Sordi, 2017). Ya que en
muchas ocasiones no se aplican estos tratamientos necesarios para poder
erradicar la violencia de género en el Perú.
En síntesis, el papel del Poder Judicial, la revisión de leyes, la regulación penal y los desafíos con los programas rehabilitadores tienen un gran impacto frente al derecho penal, puesto que han impulsado la creación de delitos específicos, la inclusión de perspectiva de género en los juicios y las medidas de protección para las víctimas. Asimismo, toda esta seguridad existe, dado que la violencia contra la mujer provoca efectos físicos, psicológicos y emocionales, afectando su salud, autoestima y bienestar. Es por eso que es fundamental la protección y garantía de leyes que intervengan en la violencia hacia la mujer. Empero, esta garantía tiene que ir adaptándose dentro de los principios del derecho y no yendo en contra de ellos. Del mismo modo, es indispensable que existan mejores propuestas legislativas para una buena relación entre el derecho penal y la violencia de género.
Castillo
Ara, A. (2023). La regulación penal con perspectiva de género y los principios
del derecho penal: una revisión crítica. Revista de derecho Valdivia, 36(2),
225-248. https://www.revistaderechovaldivia.cl/index.php/revde/article/view/1795
Hasanbegovic,
C. (2016). Violencia basada en el género y el rol del Poder Judicial. Revista
de la Facultad de Derecho, 40(1), 119-158. https://doi.org/10.22187/rdf201616
Organización
Mundial de la Salud. (2021). Violencia contra la mujer. https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/violence-against-women
Sordi
Stock, B. (2017). Desafíos de la categoría género en ámbito jurídico penal: una
aproximación a partir de los programas de rehabilitación para agresores. La
ventana. Revista de estudios de género, 5(46), 7-49. https://doi.org/10.32870/lv.v5i46
Tobar Cid, C. (2023). Perspectiva de género -femenino- en el Derecho penal: revisión de leyes especiales contra la discriminación de las mujeres. Política criminal, 18(25), 157-186. https://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-33992023000100157
Comentarios
Publicar un comentario