LOS SUJETOS DE DERECHO EN EL SISTEMA JURÍDICO PERUANO

LOS SUJETOS DE DERECHO EN EL SISTEMA JURÍDICO PERUANO

Por Aguilar Calua Yessica Yanira

La norma en los diversos sistemas jurídicos cumple el papel de determinar cuáles son los entes que obtienen el reconocimiento que les permita convertirse en sujetos de derecho. La comprensión del sujeto de derecho es esencial para el funcionamiento del sistema jurídico, ya que define quién puede participar en las relaciones jurídicas y cómo estas se regulan. Por eso, en este texto explicare la evolución que ha tenido el concepto desde su aplicación en el derecho romano hasta las modernas interpretaciones, además exploraremos los distintos tipos de sujeto de derecho, características, leyes que los protegen y la capacidad jurídica que poseen; de tal manera, a través del presente texto buscare una buena comprensión de la importancia y el alcance del sujeto de derecho en el ámbito jurídico.

El concepto de sujeto de derecho ha evolucionado con el tiempo. En el derecho romano, la capacidad jurídica estaba estrictamente definida y limitada a ciertos individuos, como los ciudadanos romanos. Asimismo, en la edad media los derechos y obligaciones se basaban en relaciones de vasallaje y lealtad al señor feudal. Y en la era moderna, con la promulgación de los derechos humanos y la expansión de la igualdad jurídica, el concepto ha ido evolucionando para incluir a más individuos como sujetos de derecho (Varsi,2013). De esta manera, garantizando derechos y protecciones a diferentes grupos, incluidas las minorías y las entidades no humanas.

Asimismo, según Guevara (2004) el ser humano o entidad puede actuar como centro de imputación de deberes y derechos; considerando lo anterior nos referimos a cualquier persona o entidad que tiene capacidad para ser titular de derechos y deberes dentro de un sistema jurídico, con el fin de garantizar nuestra protección y el orden en la sociedad, tal es el caso que se encuentran positivizados en el Código Civil de 1984, quienes mencionaremos a continuación:

El concebido: Art.- 1, segundo párrafo, del código le reconoce tal condición cuando establece que “la vida humana comienza con la concepción. El concebido es sujeto de derecho para todo en cuanto le favorece”

Persona natural: Reconocido como sujeto de derecho por lo dispuesto en el primer párrafo del Art.- 1 del código que dispone que la persona humana es sujeto de derecho desde su nacimiento.

Persona jurídica: Considerada sujeto de derecho en virtud a lo prescrito en el Art.- 77 y siguientes del código que indica, “la existencia de la persona jurídica de derecho privado comienza el día de suscripciones en el registro, salvo disposición de ley”

Organizaciones no inscritas: Son reputadas como sujetos de derecho en aplicación de las disposiciones contenidas en los artículos 124 a 133 del código

Entonces, es importante hablar de su capacidad jurídica. De hecho, en el Art.- 22 del Código establece que, “La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente Código”. Por eso existe la capacidad de goce que se refiere a la aptitud para ejercer personalmente esos derechos y deberes; además, tenemos la capacidad de ejercicio que es la aptitud de una persona para ser titular de derechos y deberes.

En conclusión, el estudio del sujeto de derecho no solo enriquece nuestro entendimiento de la teoría jurídica, sino que también tiene implicaciones prácticas profundas para la vida cotidiana y la organización social. A medida que el derecho sigue evolucionando, la reflexión continua sobre el concepto de sujeto de derecho ayudará a garantizar que nuestras leyes se mantengan justas y adaptadas a las necesidades cambiantes de la sociedad.

 

REFERENCIAS

Sujeto de Derecho. (1984). Ley N° 26300. Diario oficial “El Peruano” https://lpderecho.pe/codigo-civil-peruano-realmente-actualizado/

Guevara, V. 2004). Personas Naturales. Gaceta jurídica, 77-83 https://es.scribd.com/doc/91230464/Personas-Naturales-Victor-Guevara-Pezo

Varsi-Rospigliosi, E. (2013). Aportes al Derecho. Carlos Fernández Sessarego. Jurídica, 1-4 https://repositorio.ulima.edu.pe/bitstream/handle/20.500.12724/3259/Varsi_Rospigliosi_Enri que.pdf?sequence=1CisAllowed=y

 

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